Detalles insolitos sobre la Acusación

Detalles Insolitos sobre la Acusación:


La Acusación en mi contra no solo es arbitraria, injusta y violatoria de mi derecho a la defensa, sino que además está basada en suposiciones y suposiciones hechas a partir de otras sin sustento en evidencias.

Esta es mi supuesta participación en el hecho punible, lea para que usted saque sus propias conclusiones:

Relación clara precisa y circunstanciada del hecho punible: "...funcionarios de la empresa OWS.. ...bajo las instrucciones de Juan Alberto Chirino Supervisor de AIR FRANCE quien tenia entre otras funciones, la supervisión, contabilización, control, manejo de todos los equipajes y pasajeros que iban a ingresar al referido vuelo, desde los equipajes que provenian de mostradores ingresando por el sotano hasta colocarlos en los respectivos contenedores asignados con su respectivo chequeo físico y la supervisión de toda la carga procedente de los almacenes de AIR FRANCE con el objetivo de calcular el peso y balance de ese vuelo y suministrarlo al despachador de vuelo para que este último distribuya el peso y balance de ese vuelo según los datos suministrados por AIR FRANCE de Paris a través del mencionado ciudadano."

¿Clara? ¿precisa? y ¿circunstanciada?

La verdad no se por donde comenzar a desmentir semejante enredo. 

Primero que nada, yo no giro instrucciones al personal de seguridad, la compañía O.W.S. tiene el control exclusivo de sus empleados, debo señalar que dicho contrato ME PROHIBE TEXTUALEMTE TOMARME DICHAS ATRIBUCIONES, por tanto no es mi trabajo supervisar dicho personal mucho menos girarle instrucciones, ¿contabilización y control de maletas? yo trabajo en UNA OFICINA, mi trabajo no es contar maletas esto corresponde a la compañía de seguridad (sres fiscales ruego ver contrato con dicha empresa) yo únicamente me dirijo al sótano de rayos X en dos oportunidades por labores específicas y debidamente documentadas, pero así como voy allí, me dirijo a otras oficinas y entes del aeropuerto en cumplimiento con mis labores administrativas, los fiscales, creen, asumen que era mi trabajo permanecer en dicho sótano y esto es FALSO e insustentado.

 El control de los pasajeros compete a una empresa contratista, pero además, debo señalar que es del dominio público y fue ventilado por todos los medios de comunicación franceses, venezolanos y de otros paises que "no hubo manipulación alguna de los sistemas" por lo tanto no tiene sentido alguno mencionar esto.

El chequeo físico de las maletas compete a las autoridades, yo como cívil (obviando que además trabajo en una oficina) no puedo, no tengo la potestad de supervisar a las autoridades.

 No superviso la carga, esto compete a otra empresa contratista, tampoco suministro los datos de pasajeros, maletas o carga al Despachador puesto a que este los ve por si mismo en base a la información ingresada del check-in y carga, de la cual yo no tengo injerencia ni puedo alterar, por cierto debo dejar claro que para realizar calculo de Peso y Balance hay que tener una licencia de despachador de vuelo que yo no tengo, porque NO REALIZO ESTAS FUNCIONES, no tengo curso alguno de despachador y NO ES MI TRABAJO HACERLO, "el despachador" y "el que suministra los datos en Air France París" son la misma persona!!! por tanto aquí la fiscalía esta diciendo en "La Relación Precisa y Circunstanciada del hecho punible" algo paradojico pues lo que esta diciendo los fiscales realmente es que el despachador se suministra a  si mismo a traves de mí los datos que el mismo proporciona. ¿?

Es evidente que "la relación clara precisa y circunstanciada" no es más que un artificio de palabras enredadas entre si, sin sustento, con el único proposito de causar confusión para dejarme detenido, pues ya lo habian anunciado al mundo cuando por su negligencia investigativa fui arrestado, estoy seguro en la audiencia de presentación se aclararon todas sus dudas, pero presumo que ellos o prefirieron seguir adelante con su acusación injusta para no aceptar que se equivocaron o siguen sin leer los contratos que presentó mi defensa y desmontan la acusación infundada, ruego a Dios haya sido que no lograron leer los contratos y los puedan leer ahora y enmendar esta terrible injusticia.  

Debo señalar que a pesar de lo argumentado en el "Capítulo de la relación clara, precisa y circunstanciada", en los "Fundamentos de la Acusación" se refieren realmente es a "omisión de funciones de supervisión", es decir, que concientes de que no realicé acción alguna para colaborar con ese repugnate delito, ellos alegarón omisión para intentar continuar su acusación, debo señalar que ninguno de los imputados está bajo mi supervisión, ni directa, ni mucho menos indirecta, además las funciones que la fiscalía me atribuye no me corresponden, las que no tengo prohibidas por los contratos se refieren a supervisión de las propias autoridades militares que yo evidentemente como civil no puedo supervisar.
 

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece en su articulo 10 que: "Toda acusación Físcal debe estar bien fundamentada" al ser esta una acusación basada en suposiciones y suposiciones hechas a partir de otras, es evidente que se me estan violando derechos humanos universales, en particular dicho articulo 10.



 

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